El proyecto de Ley de Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo no exime de penalidad las bancas de apuestas. La afirmación es del jurista Olivo Rodríguez Huertas.
Fue entrevistado en el programa El Sol de la Mañana. Allí expuso que la citada ley no tiene excepción para personas físicas o jurídicas.
“Todo el que incurra en la conducta típica de lavado de activos se le aplica plenamente. Esto incluye las bancas de apuestas y/o sus propietarios”, precisó.
Bancas no están fuera del régimen de prevención
Aclaró que el hecho de no figurar en el listado, no quiere decir que las bancas estén fuera del régimen de prevención.
Explicó que fueron dejadas fuera de la lista originaria por recomendación de los asesores del Gobierno. Esto se hizo de cara a la evaluación que está realizando el Grupo de Acción Financiero Latinoamericano (GAFILAT).
Sostuvo que hay que entender que una ley de lavado de dinero comprende varios elementos. Entre ellos los de carácter penal, los de naturaleza procesal y los relativos a la cooperación y asistencia judicial internacional.
Mecanismos de control y supervisión
Rodríguez Huertas señaló que la misma ley también faculta al Comité Nacional Contra el Lavado de Activos. Esta es la máxima instancia de organización administrativa y de impulso de las políticas anti lavado.
Este Comité debe dar seguimiento a todos los sectores que presenten niveles de riesgos, como las bancas de apuestas.
Precisó además que estas empresas están sujetas a un control y supervisión por parte del Ministerio de Hacienda.
Refuerzo de los estándares internacionales
Recordó que en el 2002, con la Ley 55-02, lo que se discutía no era lo relativo a las bancas de apuestas. Esa vez el revuelo era por la forma como se distribuían los porcentajes decomisados.
En ese momento cuando el Congreso votó de nuevo surgió la Ley 72-02, aún vigente y en proceso de actualización. En aquel entonces –dijo– no estaban en las recomendaciones internacionales los delitos de carácter tributario.
Destacó que la crisis financiera mundial, a partir de 2008, ha llevado al refuerzo de los estándares. De ahí a incluir los delitos tributarios como delitos antecedentes al lavado de activos.
Actualizar legislación
El Proyecto de Ley Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo fue introducido al Senado por el Poder Ejecutivo el pasado 8 de febrero. Fue aprobado recientemente en esa cámara.
La pieza busca sustituir la Ley Contra el Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas (Ley 72-02). La intención es actualizar la legislación dominicana conforme a los nuevos estándares internacionales.