REDACCIÓN DELAZONAORIENTAL.NET
Santo Domingo.- El Ministerio Público rechazó por improcedente y mal fundada, la recusación hecha en su contra por la defensa de los choferes de Boca Chica que están acusados de amenazar con incendiar un autobús que el pasado mes de abril transportaba a 50 niños de una escuela de Boca Chica que se dirigían a la Feria Internacional del Libro.
El dictamen está contenido en el Auto No. 13, emitido por el director de Persecución del Ministerio Público, procurador general adjunto Juan Amado Cedano Santana, el cual establece además que fue rechazada por carecer de base legal.
Los choferes Eduardo Salvador Fersola Güilamo, Francisco Tejeda Marte, Josué Castillo Santana, Félix Manuel Merán García, Luis Pineda Castillo y Daniel Bautista Espinal, así como Franklin De León, Rafael Poleón Féliz, Alfredo Sención Rosado, Juan Carlos Javier Aquino, Yoryi Luisa y Luis Rafael Castillo Luis, por conducto de sus abogados recusaron al Ministerio Público.
La recusación fue hecha al Procurador General Titular de la Corte de Apelación de la provincia Santo Domingo y a la Fiscal titular y otros fiscales de esa jurisdicción, por la supuesta violación de varios artículos del Código Penal Dominicano, la Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley 133-11), la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto de San José.
El Ministerio Público le atribuye al grupo la presunta violación de los artículos 265, 266, 303, 303-3 y 303-4, del Código Penal Dominicano, el artículo 1 de la Ley 583 sobre Secuestro, los artículos 88 y 90 de la Ley 241 de Tránsito de Vehículos de Motor, así como los artículos 3, 12, 14, 15, 45, 396-B y 405, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).
La Dirección de Persecución del Ministerio Público ordenó que dicho auto le fuera notificado a la parte recusadora en el domicilio de elección de los abogados de la defensa de los choferes, integrados por Ingrid Hidalgo Martínez, Valentín Medrano y Manuel Antonio García.
Igualmente, le fue notificado a los procuradores generales de cortes de apelación y fiscales del Departamento Judicial de Santo Domingo, a través de los titulares de esas dependencias, y a los fiscalizadores que operan en Monte Plata, como parte del Departamento Judicial, en virtud de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 133-11, y al Juzgado de Atención Permanente de dicha jurisdicción a través de la Secretaría de dicho tribunal.
La decisión del Ministerio Público, entre otros, estuvo amparada en los artículos 169 y 172 de la Constitución de la República, los artículos 15, 22, 25, 43 y 52, numeral 10, 79, numerales 3, 14, 80 y 82 de la Ley 133-11, y los artículos 88, 90, 134, 260 y 284 del Código Penal Dominicano.
Tras la recusación hecha al Ministerio Público, la jueza de Atención Permanente de la provincia Santo Domingo, Melania De La Cruz, aplazó el proceso a los fines de que el Ministerio Público presentara el escrito de sus argumentos.
Los choferes fueron sometidos a la justicia por presuntamente amenazar con incendiar un autobús que transportaba 50 niños y a profesores del Colegio Evangélico Episcopal, de Andrés, Boca Chica