REDACCION DELAZONAORIENTAL.NET
Santo Domingo- El Instituto Nacional de Transito Terrestre (INTRANT) emitió hoy la resolución 001-2021, la cual prohíbe en vehículos no autorizados, la instalación de sirenas, luces giratorias e intermitentes, pitos o cualquier tipo de instrumentos que causen deslumbramiento o desorientación a terceros conductores.
Destaca la institución, que concede un plazo de 15 días calendarios a partir de la fecha de la publicación, para quienes usen este tipo de accesorios puedan retirarlos y que luego de agotado este plazo, el incumplimiento de estas disposiciones , las cuales estarán bajo la supervisión y fiscalización de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT),L conllevan a multas de uno a tres salarios mínimos del que impere en el sector público centralizado, de conformidad con el el articulo 192 de la ley N0. 63-17, así como la incautación de los accesorios.
Resolucin-No.-001-2021-Prohibicin-de-pitos-INTRANT