REDACCIÓN DELAZONAORIENTAL.NET
El ex fiscal de la provincia Santo Domingo, Perfecto Acosta, afirmó que ninguno de los encausados hasta el momento por recibir sobornos por la constructora Odebrecht representan peligro para el Estado ni para la sociedad dominicana por lo que entiende pueden asistir en libertad al proceso.
Acosta en declaraciones a la prensa manifestó que los implicados son personas con residencia en el país y sobre todo con arraigo familiar y que iniciando el proceso algunos de ellos se presentaron voluntariamente. “O sea que los arrestos que se han hecho cuando han ido a su domicilio lo han encontrado ahí y eso indica que nunca se van a sustraer a los requerimientos de la justicia.
Expresó que la medida que está pidiendo el Ministerio Público de prisión preventiva, establecida en el Código Procesal Penal en su artículo 226 es la más gravosa, y que solo se aplica cuando se trata de elementos que son peligrosos, que pueden ocultar evidencias y que constituyen un peligro público.
Explicó que a los encartados en el caso Odebrecht se le pueden aplicar otras medidas tales como el arresto domiciliario, la presentación periódica, garantía económica, impedimento de salida y los brazaletes.
“Es una investigación de un caso de mucha trascendencia para la justicia, para el gobierno y para la República, se trata de la imputación de un delito económico donde los imputados pienso yo que pueden asistir libremente al proceso y que se le puede aplicar una medida que no sea la más gravosa como la función preventiva que es la que solicitó el Ministerio Público”, señaló.
Destacó que esa medida solo se aplica en casos extremos de la política criminal y que no puede prolongarse más allá del plazo razonable, “pero en este caso por su complejidad una prisión preventiva podría constituirse en una pena por anticipado”.
Aclaró que ellos están revestidos del principio de presunción de inocencia y que debe cumplirse con todas las reglas del debido proceso, “y el debido proceso quiere decir que no se puede vulnerar los derechos fundamentales de las personas imputadas”.
Refirió que cualquier procedimiento mal llevado, donde existan pruebas que hayan sido llevadas de manera ilegal, según esta establecido en los artículos 166 y 167 de la normativa procesal penal, podría ser declarados nulos y por vía de consecuencia no tendrían efecto jurídico.