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Por: Carlos rodriguez / DELAZONAORIENTAL.NET
Santo Domingo- Según el Manual de Procedimientos Legislativos de la Cámara de Diputado, este organismo tiene un plazo no mayor de treinta días para conocer las ternas de los diputados renunciantes.
El pasado 16 de agosto, el presidente de la república Luis Abinader designó en varias funciones a tres legisladores que resultaron favorecido con el voto mayoritario en sus respectivas demarcaciones por el periodo 2020-2020, estos son:
El diputado de San Pedro de Macorís, Nelson Arroyo, fue designado por el presidente Luis Abinader como director ejecutivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel).
El diputado de la provincia Duarte, ingeniero Olmado Caba, designado como director del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (Indhri).
Josefa Castillo, diputada de Boca Chica, representante de la circunscripción tres y la provincia Santo Domingo fue designada como Superintendente de Seguros.
El referido reglamento de los legisladores en su punto 1.3, articulo 3 indica que El cargo de diputada o diputado es incompatible con otra función o empleo público, salvo la labor docente
Esto obliga a los recién designados funcionarios a renunciar como legisladores antes de asumir sus respectivos cargos
En el caso de la diputada Josefa Castillo, el tema ha sido muy debatido entre la dirigencia del Partido Revolucionario Moderno (PRM) la circunscripción tres, sobre todo luego de filtrarse la información de que la ex legisladora hace los amarres necesarios para colocar a su hijo en esta posición.
Para evitar que esto suceda, el ex candidato a diputado Claudio Caamaño ha expresado públicamente que la vacante dejada por Josefa le pertenece ya que él fue el candidato con mayor votación de lesta circunscripción de los que no resultaron electos.
En ese mismo orden, se expresa la ex candidata a diputada Altagracia De Los Santos quien entiende que la posición vacante debe ser asignada por la cuota de la mujer con una terna entre las mujeres que participaron como candidatas de la referida demarcación en el pasado proceso electoral, dentro de las cuales ella fue la más votada.
Sera pues, a partir del 16 de septiembre, fecha cuando se cumplen los 30 días establecidos para elegir la terna que se sabrá quien ocupará esta curul ante el congreso nacional
2.1.4. Terna para ocupar la vacante.
El órgano superior del partido que postuló al diputado renunciante, destituido o fallecido, una vez recibida la decisión del Pleno, sobre la vacante, deberá remitir a la Cámara una comunicación contentiva de la terna de la cual se elegirá un representante para ocupar la vacante dentro de los treinta días siguientes a su ocurrencia
229. Transcurrido el plazo señalado sin que el organismo competente del partido someta la terna, la Cámara hará la elección.
230. Los integrantes de la terna estarán sujetos a los requisitos establecidos en la Constitución. La comunicación que contiene la terna se deposita en la Secretaría General, la cual informa sobre la misma a la Comisión Coordinadora, con el objetivo de que sea colocada en el orden del día de la próxima sesión