La disposición, que tendrá efecto inmediato y se extenderán hasta tanto dure el Estado de Emergencia decretado por el Presidente Medina, también establece las instituciones que deben permanecer abiertas con un mínimo de personal para prevenir y mitigar los efectos de la pandemia del COVID-19.
SANTO DOMINGO. El titular del Ministerio de Administración Pública (MAP), licenciado Ramón Ventura Camejo, emitió la tarde de ayer, la Resolución Nro. 058-2020 que determina los entes y órganos del Estado dominicano que deben cerrar o permanecer abiertos con actividades al mínimo, como parte de la respuesta del Gobierno que encabeza el presidente Danilo Medina para evitar y prevenir la expansión del COVID-19 o nuevo coronavirus, en el país.
Las medidas contenidas en la Resolución tendrán efecto inmediato, y se mantendrán vigentes hasta la declaración del cese del estado de emergencia decretado por el Presidente de la República, “o la intervención de otra disposición en contrario de igual jerarquía o superior”.
De acuerdo con la Resolución Nr. 058-2020, sesenta (60) entidades públicas deberán cesar en sus actividades por completo.
Estas son:
- El Acuario Nacional
- La Administración General del Parque Mirador del Norte
- El Archivo General de la Nación;
- La Caja de Ahorro para Obreros
- Monte de Piedad;
- Centro de Capacitación en Planificación de Inversión Pública;
- Centro de Capacitación en Política y Gestión Fiscal;
- Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial;
- Centro Provincial para la Administración de los Fondos Mineros Sánchez Ramírez;
- Comisión Nacional de Defensa de la Competencia;
- Comisión Reguladora de Prácticas Desleales en el Comercio y Medidas de Salvaguarda;
- Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura; el Consejo Dominicano para la Calidad;
- Consejo Nacional de Competitividad
- Consejo Nacional de Discapacidad
- Consejo Nacional de Promoción y Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (PROMIPYME)
- Consejo Nacional para las Comunidades Dominicanas en el Exterior;
- Corporación de Fomento de la Industria Hotelera y Turismo;
- Corporación Dominicana de Empresas Estatales;
- Dirección Ejecutiva del Comité Ejecutor de Infraestructura de Zonas Turísticas;
- Dirección General de Bienes Nacionales;
- Dirección de Fomento y Desarrollo de la Artesanía Nacional;
- Dirección General de Catastro Nacional;
- Dirección General de Cine;
- Dirección General de Cooperación Bilateral;
- Dirección General de Cooperación Multilateral;
- Dirección General de Embellecimiento de Carreteras y Avenidas;
- Dirección General de Minería;
- Fondo Nacional para el Medio Ambiente y Recursos Naturales;
- Instituto Nacional de la Aguja;
- Instituto Azucarero Dominicano;
- Instituto de Educación Superior en Formación Diplomática y Consular;
- Instituto de Formación Turística del Caribe;
- Instituto Dominicano de Evaluación e Investigación de la Calidad Educativa;
- Instituto Dominicano de Investigaciones Agropecuarias y Forestales;
- Instituto Dominicano del Café;
- Instituto Dominicano para la Calidad y el Instituto Duartiano.
- Instituto Geográfico Nacional;
- el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP);
- el Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (INABIMA);
- Instituto Nacional de Educación Física;
- el Instituto Nacional de Formación y Capacitación del Magisterio;
- el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI);
- el Instituto Nacional del Tabaco;
- el Instituto Superior de Formación Docente Salomé Ureña;
- el Instituto Técnico Superior Comunitario;
- el Instituto Tecnológico de Las Américas (ITLA);
- el Jardín Botánico Nacional;
- la Liga Municipal Dominicana
- la Lotería Nacional.
- Faro a Colón
- EL Ministerio de Cultura y sus dependencias;
- El Ministerio de Deportes y Recreación;
- Museo Nacional de Historia Natural;
- Oficina Nacional de Evaluación Sísmica y Vulnerabilidad de Infraestructura y Edificaciones (ONESVIE);
- Oficina Nacional de Propiedad Industrial (ONAPI);
- Organismo Dominicano de Acreditación;
- Parque Ecológico Botánico Prof. Eugenio de Jesús Marcano;
- Servicio Geológico Nacional;
- Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD)
- Universidad Tecnológica del Cibao Oriental.
Esos entes y órganos deberán mantener un personal mínimo necesario para las gestiones administrativas y financieras básicas y de seguridad que garantice la integridad de las instalaciones.
Por otra parte, treinta y ocho (39) instituciones “laborarán con el mínimo de personal y podrán atender consultas por los medios remotos haciendo uso del teletrabajo.
Igualmente, deberán mantener un personal mínimo necesario para las gestiones administrativas y financieras básicas y de seguridad que garantice la integridad de las instalaciones”, según dispone la Resolución Nro. 059-2020, emitida por el MAP.
Las entidades que continuarán laboando con el mínimo de personal son:
- El Banco Agrícola de la República Dominicana;
- Banco Nacional de las Exportaciones
- Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD);
- Comisión Nacional de Energía;
- Consejo Nacional de Investigaciones Agropecuarias y Forestales (CONIAF);
- Consejo Nacional de Zonas Financieras Internacionales;
- Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI);
- Contraloría General de la República;
- Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE);
- Corporación Estatal de Radio y Televisión (CERTV);
- Dirección General de Aduanas (DGA);
- Dirección General de Crédito Público;
- Dirección General de Desarrollo Territorial, Económico y Social;
- Dirección General de Educación Básica;
- Dirección General de Educación Inicial;
- Dirección General de Educación Media;
- Dirección General de Educación para Jóvenes y Adultos;
- Dirección General de Higiene y Seguridad Industrial
- Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
- Dirección General de Inversión Pública;
- Dirección General de Ordenamiento y Desarrollo Territorial;
- Dirección General de Pasaportes;
- Dirección General de Pensiones;
- Dirección General de Riesgo Agropecuario;
- Dirección General de Supervisión y Fiscalización de Obras;
- Fondo de Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores de la Construcción;
- Fondo de Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores Portuarios;
- l Fondo de Promoción a las Empresas Reformadas;
- Fondo de Promoción a las Iniciativas Comunitarias; el Instituto de Innovación en Biotecnología e Industria (IIBI);
- Instituto Dominicano de Ahorro y Crédito Cooperativo;
- l Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC);
- l Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL);
- Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI);
- Instituto Nacional de Auxilios y Viviendas (INAVI);
- Instituto Nacional de Coordinación de Trasplante;
- Instituto Nacional de Estabilización de Precios (INESPRE);
- Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP)
- Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación.
Quedaron excluidos de la Resolución Nro. 058-2020, “los demás entes y órganos de la Administración Pública no incluidos en los artículos precedentes, especialmente aquellos dedicados a los servicios de salud, seguridad pública, protección civil, servicios sociales, programas sociales, servicios de electricidad, de aguas potables y defensa nacional”.
No obstante, la disposición instruye que, en la medida de sus posibilidades, las entidades que proseguirán sus labores, reduzcan al mínimo el personal no esencial y mantengan únicamente el que sea estrictamente necesario para garantizar sus operaciones.
El titular del MAP advirtió que la disposición sería modificada en la medida de que otras entidades e instituciones vayan siendo incluidas en cualquiera de las tres categorías establecidas en la Resolución 058-2020.