Santo Domingo, República Dominicana.-Ministerio de Trabajo informó que este jueves nueve (09) de febrero del año en curso, entra en vigencia el Convenio 183 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre “Protección de la Maternidad”, la cual precisa que la trabajadora disfrutará un período de catorce (14) semanas de descanso pre y post-natal remunerado.
La República Dominicana ratificó el Convenio 183 de la OIT, sobre Protección de la Maternidad, mediante la Resolución No. 211-14 del Congreso Nacional, y promulgada por el Poder Ejecutivo en fecha seis (06) de julio del año Dos Mil Catorce (2014).
Dicha disposición modifica los artículos 236, 237 y 239 del Código de Trabajo (Ley 16/92); asimismo, modifica el artículo 132 de la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), y la Resolución No. 157-2008 de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), sobre el Procedimiento para el pago del Subsidio de Maternidad y Lactancia.
El Ministerio de Trabajo a través de un comunicado de prensa recordó que esa Resolución fue aprobada en el año 2010 y la República Dominicana ratificó en el 2014.
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