REDACCIÓN DELAZONAORIENTAL.NET
Santo Domino-El pleno de la Junta Central Electoral (JCE) rechazó ayer la solicitud del Partido Revolucionario Moderno (PRM) quines piden que la Resolución que aprueba el conteo manual en el 100% de los colegios electorales a nivel presidencial, debe incluir los niveles congresal y municipal como establece la Ley electoral.
En una sesión realizada este jueves el pleno resolutó sobre estas y otras solicitudes detalladas a continuación.
El Pleno de la Junta Central Electoral sesionó ayer para conocer de una agenda que contenía la solicitud de varios Partidos Políticos de revisión de la Resolución No.64/2016 que establece el procedimiento para el escrutinio y transmisión de resultados así como de una comunicación del Candidato a Senador por la Provincia Santo Domingo por el Partido Frente Amplio referente a la lista definitiva de electores.
Como primer punto de la agenda se discutió el Protocolo de Contingencia para la jornada de instalación de votación y escrutinio así como el procedimiento para el escrutinio en los Colegios Electorales, el cual fue presentado por el Presidente de la Junta Central Electoral, doctor Roberto Rosario Márquez y el equipo técnico de esta institución. Finalmente conoció de una propuesta referente a los dominicanos residentes en el exterior y que se encuentran inscritos en la lista de electores del Voto Dominicano en el Exterior.
Estas son las decisiones adoptadas:
1ro. Se aprobó, con el voto favorable de 4 de sus miembros, el Protocolo de Contingencia para la Aplicación de la Resolución No. 64/2016 así como del procedimiento de escrutinio en los Colegios Electorales para los niveles Presidencial, Municipal y Congresual en la modalidad que fue aprobada por el Pleno de la Junta Central Electoral.
2do. En relación a la Auditoría practicada al Padrón Electoral por la entidad internacional Latino barómetro de las Américas, el Pleno dio entrada al mismo, otorgó un visto y su aprobación.
3ro. Respecto a la comunicación enviada por el referido candidato a Senador por la Provincia Santo Domingo por el Frente Amplio, se remitió a la Comisión de Cancelados e Inhabilitados de la institución para fines de estudio y opinión, para proceder luego a su conocimiento definitivo.
4to. Sobre una comunicación remitida por el Movimiento Cívico Participación Ciudadana, el Pleno considera que los comentarios y solicitudes de esta entidad han sido respondidos satisfactoriamente con la Resolución adoptada en la sesión anterior de este Pleno así como con el Protocolo de Contingencia aprobado en esta fecha.
5to. En relación a las comunicaciones enviadas por varios partidos políticos, donde solicitan la revisión de la citada resolución, se decidió notificar a estas organizaciones que todas sus inquietudes y reclamos han sido satisfechos con la Resolución No. 64/2016 y sus modificaciones, así como con el Protocolo de Contingencia y Procedimiento de Escrutinio adoptado en la sesión de esta fecha.
6to. En lo referente a la solicitud del Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano, PQDC, sobre la inscripción de la candidatura de la señora Mercedes Jacqueline Ramírez Pérez, se decidió declinar dicho expediente por ante el Tribunal Superior Electoral, TSE, por ser éste caso de su competencia.
Finalmente, se dictó una resolución mediante la cual se autoriza a los dominicanos residentes en el exterior y que se empadronaron para votar en las ciudades donde viven fuera del país, para que puedan sufragar en el lugar que le corresponde votar en el territorio nacional en caso de que el día de las elecciones se encuentren en República Dominicana.
El Pleno consideró que por razones de espacio, tiempo y recursos es imposible que esta facilidad otorgada a los dominicanos residentes en el exterior pudiera generar alguna distorsión en el proceso electoral, y como estas personas ya se encuentran en el Padrón Electoral, no se trata del otorgamiento de nuevos plazos sino de una medida de garantía del ejercicio de sus derechos.